Visto Los informes y planillas acompañadas por las ternas arbitrales, correspondiente al partido disputado entre Ferrocarril Mansilla y el C.S. Peñarol el 22 de marzo del corriente año, de esta la LIGA DEPARTAMENTAL DE FUTBOL DE ROSARIO DEL TALA., COPA 80 ANIVERSARIO. Considerando Habiéndose notificado a los Clubes de los expulsados de la fecha, de la Liga de Futbol, Copa Aniversario, en donde se le otorga el derecho defensa (descargo por el RTP) a cada uno de los jugadores. Este Tribuna resuelve aplicar: 1- Al jugador N° 7 del Club Ferrocarril Mansilla, Pereyra Juan DNI N°47.845.178 la sanción de 2 fechas de suspensión (art. 201 RTP) 2- Al Jugador N°13 del C. S. Peñarol, Acevedo Leonel, DNI N°46.975.702 la sanción de 1 fecha de suspensión (art. 207 RTP) NOTIFIQUESE TRIBUNAL DE DISCIPLINA: Dr. Tulian Dr. Hilgemberg Dr. Manfroni
Considerando
Habiéndose notificado a los Clubes de los expulsados de la fecha, de la Liga de
Futbol, Copa Aniversario, en donde se le otorga el derecho defensa (descargo por
el RTP) a cada uno de los jugadores.
Este Tribuna resuelve aplicar:
1- Al jugador N° 7 del Club Ferrocarril Mansilla, Pereyra Juan DNI
N°47.845.178 la sanción de 2 fechas de suspensión (art. 201 RTP)
2- Al Jugador N°13 del C. S. Peñarol, Acevedo Leonel, DNI N°46.975.702 la
sanción de 1 fecha de suspensión (art. 207 RTP)
NOTIFIQUESE
TRIBUNAL DE DISCIPLINA:
Dr. Tulian Dr. Hilgemberg Dr. Manfron
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