Visto Los informes y planillas acompañadas por las ternas arbitrales, correspondiente al COPA 80 años aniversario LIGA DEPARTAMENTAL DE FUTBOL DE ROSARIO DEL TALA.
Considerando
Habiéndose notificado a los Clubes de los expulsados, en donde se le otorga el derecho
defensa (descargo por el RTP) a cada uno de los jugadores; este Tribunal RESUELVE:
RESOLVEMOS APLICAR:
1- Al Jugador Nº (sin especificar) del Club Atlético Macia , Silvero Lucas DNI Nº
34.472.522 la sanción de 2 fechas (art. 201 RTP)
2- Al jugador Nº 12 del Club Martin Fierro, Abrigo Kevin DNI Nº 44,283.087 la sanción
de 1 fecha (art. 206 RTP)
Legajo correspondiente a Rebora Tomas DNI N° 39.034.733 del Club Atlético Macia,
1- Se presento descargo por el jugador, en donde nombra como testigo a Zambiasso
Enzo Hernán 23/03/1998 DNI N° 40.774.770, teléfono 3455497580 domicilio Santa
Rosa 985 ciudad de Villaguay; (jugador de Sarmiento de Villaguay); a razón de sus
dichos cítese por medio de secretaria, comunicando al Club Atlético Macia, que
deberá informar al testigo mencionado que deberá presentar declaración testimonial
el dia martes 7/04/2026 a las 17:00 en el domicilio de Urquiza 328 de la ciudad de
Macia, y/o mediante videollamada al teléfono 3445-443536.
2- Informe la liga sobre las peticiones solicitadas en el escrito anterior, correspondientes
al Ministerio Publico Fiscal y Seguridad Deportiva.
NOTIFIQUESE
TRIBUNAL DE DISCIPLINA:
Dr. Tulian Dr. Hilgemberg Dr. Manfroni
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